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En fecha reciente se ha resuelto, mediante sentencia estimatoria del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Madrid, un procedimiento que el departamento mercantil de U&R Abogados seguía contra Air Europa en materia de indemnizaciones por retraso de vuelos comerciales.

Se trata de una sentencia pionera en cuanto al importe percibido por el usuario al estimar que, además de la indemnización de 600,00€ de tipo automático contenida en el art. 7.1.c) del Reglamento 261/2004 del Parlamento Europeo por retraso superior a 3 horas de un vuelo, procede fijar una indemnización adicional por los daños materiales y morales sufridos por los viajeros, ascendido el importe total de la indemnización a más de 1.200,00€ por viajero.

Con anterioridad a la precitada sentencia, los tribunales se limitaban a aplicar la indemnización de tipo automático de 600,00€, siendo reacios a otorgar a los clientes afectados indemnizaciones complementarias por la totalidad de los daños materiales y morales sufridos con el retraso o cancelación del vuelo. La sentencia estimatoria lograda por el departamento mercantil de U&R Abogados abre la puerta a que los usuarios de las aerolíneas puedan reclamar todos los perjuicios sufridos sin la limitación cuantitativa contenida en el Reglamento Europeo, la cual servirá únicamente para indemnizar por el retraso, debiendo complementarse con una indemnización que cuantifique los distintos daños sufridos (manutención, gastos de desplazamiento o falta de asistencia por la compañía aérea, entre otras).